El banco está obligado a devolver las operaciones que no autorizaste, y es él quien debe probar lo contrario. Cuéntanos tu caso: lo estudiamos con arreglo a la ley, la jurisprudencia y nuestra experiencia, y en 24 horas te decimos si es viable.
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Contratación 100% a distancia con firma electrónica. Reclamamos a tu banco y, si no responde o deniega, al Banco de España. Tú recibes actualizaciones de cada avance sin mover un papel.
La mayoría de casos se resuelven sin juicio. Si el banco se resiste, demandamos ante el juzgado de tu domicilio, estés donde estés: más de 20 años de experiencia procesal frente a la banca nos avalan.
Cada patrón de fraude tiene su estrategia. Elige el tuyo y te contamos exactamente qué dice la ley y los tribunales:
Phishing y smishing: entraste en una web clonada desde un enlace. Los tribunales lo sitúan en la esfera de riesgo del banco.
Vishing: te llamaron "del banco" o del "soporte técnico" y te guiaron. El engaño profesional no es negligencia grave.
SIM swapping: te quedaste sin línea y vaciaron tu cuenta. Es el supuesto de la sentencia clave del Supremo (STS 571/2025).
Movimientos que tú no ordenaste. Se reembolsan íntegros como operaciones no autorizadas.
Compras y retiradas que no hiciste, tarjetas duplicadas o enroladas en móviles ajenos (Apple Pay / Google Pay).
Falsos brókers y plataformas de criptomonedas. Más compleja, pero hay condenas cuando el banco ignoró señales evidentes.
La ley es clara. Los artículos 44 y 45 del Real Decreto-ley 19/2018 obligan al banco a devolver de inmediato el importe de toda operación de pago no autorizada. Solo se libra si prueba que actuaste con fraude o negligencia grave — y esa prueba le corresponde al banco, no a ti.
El Tribunal Supremo lo ha confirmado. La sentencia 571/2025, de 9 de abril, condenó a un banco a devolver 56.474 € de un fraude por SIM swapping y fijó doctrina: que la operación se hiciera "con tus claves" no demuestra que la autorizaras, y la negligencia grave se interpreta de forma restrictiva, como un concepto próximo al dolo.
Importes de sentencias públicas de 2024-2026. Cada caso depende de sus circunstancias; ningún resultado está garantizado.
El importe de tu reclamación determina la tarifa — sin letra pequeña y con el IVA ya incluido en todos los precios y porcentajes. Primera valoración siempre gratuita.
IVA incluido. No incluye fase judicial. El servicio que casi ningún despacho ofrece para importes pequeños.
IVA incluido. Fase judicial presupuestada aparte en la hoja de encargo si resulta necesaria.
IVA incluido en los porcentajes. Nuestro 20% equivale a un 16,5% + IVA: compara con el 20-25% + IVA habitual del sector.
¿Menos de 300 €? No aceptamos el encargo — tramitarlo te costaría más de lo que recuperarías — pero te regalamos nuestra guía para reclamar por tu cuenta. Casos especiales (estafas de inversión, empresas): presupuesto individualizado tras el estudio gratuito. En vía judicial, las costas se aplican conforme a la hoja de encargo. Condiciones completas en las condiciones de contratación.
Clienta víctima de una llamada que suplantaba a su banco. Tras la negativa de la entidad, reclamación presentada ante el Banco de España en julio de 2026.
Clienta de 84 años guiada por teléfono mientras vaciaban sus tarjetas. El banco denegó con el argumento "operaciones autorizadas con sus credenciales" — exactamente el que el Supremo rechazó en la STS 571/2025. Reclamación ante el Banco de España en tramitación.
Reclamación al banco presentada; en paralelo, vía penal y gestión frente al emisor de las tarjetas.
Expedientes reales anonimizados. Ningún caso es igual a otro y los resultados dependen de las circunstancias de cada expediente.
Como regla general, sí. Facilitar tus claves engañado por una web o SMS que suplantaba a tu banco no se considera negligencia grave según la jurisprudencia mayoritaria de 2024-2026. El banco solo se libra si prueba una negligencia grave real, que los tribunales interpretan de forma muy restrictiva.
Debes comunicar la operación no autorizada al banco sin demora y, como máximo, en los 13 meses siguientes al cargo. Cuanto antes actúes, mejor: las primeras 48 horas multiplican las opciones de retrocesión.
No es automáticamente descalificante. Los tribunales han condenado a bancos incluso cuando el cliente facilitó varios códigos, si el engaño era sofisticado (llamadas con el número real del banco, SMS en el hilo oficial). Lo determinante es si un usuario medio podía detectar el fraude.
Ese argumento ya no basta. La normativa y la jurisprudencia europea exigen al banco probar la autenticación y, además, tu negligencia grave. "Se usaron sus claves" no demuestra que tú autorizaras nada (STS 571/2025).
No. Como consumidor puedes demandar ante el juzgado de tu propio domicilio y todo el procedimiento previo es telemático. Tramitamos casos de toda España con contratación a distancia y procuradores en todo el territorio.
Sí: para importes de 300 a 800 € tenemos una tarifa plana de 145 € que cubre la reclamación al banco y al Banco de España. Y si la vía judicial prospera, es habitual que el banco sea condenado a intereses y costas.
Casa Mójica, sede del despacho en Sant Cugat del Vallès
ReclamaTuEstafa es un servicio de MOJICA ABOGADOS SLP, despacho con sede en la Casa Mójica de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) —un edificio modernista singular— y más de 20 años de experiencia en procedimientos judiciales contra entidades bancarias. El responsable del servicio es José M.ª Calvo Mallofré, abogado colegiado n.º 1901 del Il·lustre Col·legi d'Advocats de Terrassa (ICATER).
No somos una plataforma de leads que revende tu caso a terceros: tu expediente lo lleva de principio a fin el mismo despacho que firma esta web. Con sede real, con nombre y con historia — en la fachada nos vigila un San Jorge venciendo al dragón, y nos gusta pensar que a eso nos dedicamos.